El Ayuntamiento de Zaragoza tiene bonificaciones relacionadas con la movilidad eléctrica en determinados impuestos:

  • Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, ICIO: bonificación del 95% para las construcciones e instalaciones, realizadas por comunidades de propietarios para destinarlas a la pre instalación de sistemas de recarga de vehículos eléctricos o enchufables en los garajes comunitarios, en los términos establecidos en la Ordenanza Fiscal n.º 10.
  • Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, IVTM. En función de las características de los motores, la clase de combustible que consuma el vehículo y la incidencia de la combustión en el medio ambiente, se establecen en las siguientes bonificaciones, en los términos establecidos en la Ordenanza Fiscal n.º6:
Características de motores Porcentaje de bonificación Periodo de bonificación
Vehículos híbridos (motor eléctrico-gasolina, eléctrico-diesel, o eléctrico-gas) homologados de fábrica, incorporando dispositivos catalizadores, adecuados a su clase y modelo, que minimicen las emisiones contaminantes. 65% 6 años naturales desde su primera matriculación.
Vehículos de motor eléctrico y/o emisiones nulas. 75% Sin fecha fin de disfrute.
Híbridos enchufables con etiqueta cero emitida por la DGT 75% 6 años naturales desde su primera matriculación
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